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Calendario Fiscal 2026 en Marruecos: Fechas clave para evitar sanciones y optimizar su gestión

Su guía esencial para el cumplimiento fiscal anual


Introducción: La importancia de la anticipación en la fiscalidad marroquí

El año fiscal 2026 se presenta como un punto de inflexión para las empresas en Marruecos. Con la implementación plena de la **Ley de Finanzas 2026** (LF 2026), que trae consigo la contabilidad electrónica obligatoria, las nuevas tasas del IS y la retención en la fuente sobre alquileres, la precisión y la puntualidad en las declaraciones fiscales son más cruciales que nunca. El incumplimiento de los plazos establecidos por la Dirección General de Impuestos (DGI) no solo conlleva sanciones económicas, sino también el riesgo de auditorías y la pérdida de beneficios fiscales.

Este artículo es una guía detallada del **Calendario Fiscal 2026**, diseñado para ayudarle a planificar sus obligaciones fiscales, desde las declaraciones mensuales de IVA hasta los pagos provisionales del Impuesto sobre Sociedades y las declaraciones anuales. Asegúrese de integrar estas fechas en su planificación operativa para garantizar la conformidad y optimizar la gestión de su tesorería.

1. Obligaciones Mensuales y Trimestrales: La Columna Vertebral del Cumplimiento

Las declaraciones periódicas son la base de la relación de su empresa con la DGI. Un retraso en estas puede desencadenar multas automáticas y mayores controles.

A. Declaraciones de IVA (TVA)

Con la reforma del IVA finalizada en 2026, la precisión en estas declaraciones es aún más crítica. La mayoría de las empresas declararán y pagarán mensualmente.

  • Declaración Mensual (C.A. anual superior a 1 millón MAD): Plazo máximo hasta el día 20 del mes siguiente al mes de la actividad (ej: IVA de enero, fecha límite 20 de febrero).
  • Declaración Trimestral (C.A. anual inferior a 1 millón MAD): Plazo máximo hasta el día 20 del primer mes del trimestre siguiente al trimestre de la actividad (ej: IVA del 1er trimestre – enero, febrero, marzo -, fecha límite 20 de abril).

Novedad 2026: La **Facturación Electrónica Obligatoria** (Artículo 6 de nuestra serie) se integra aquí. Los datos de las facturas electrónicas válidas se precargarán en su declaración de IVA en la plataforma SIMPL, facilitando el proceso pero exigiendo una emisión de facturas correcta y puntual.

Sanciones: Multa del 15% sobre el IVA adeudado por cada mes o fracción de mes de retraso. En caso de presentación fuera de plazo sin pago, la multa puede ascender al 10% del IVA exigible.

B. Declaración y Pago de la Retención en la Fuente (IR/IS)

Incluye la retención sobre salarios (IR), honorarios (IR/IS) y, a partir del 1 de julio de 2026, la retención sobre alquileres (5%).

  • Plazo: Hasta el día 10 del mes siguiente al mes de pago de las sumas sujetas a retención.

Impacto 2026: La retención del 5% sobre alquileres (Artículo 4 de nuestra serie) añade una nueva obligación mensual para las empresas inquilinas. La coordinación con el propietario y la configuración de los sistemas de pago serán clave.

Sanciones: Recargos del 10% en caso de declaración fuera de plazo y del 5% adicional por cada mes de retraso en el pago, además de una penalización fija por declaración incorrecta.

2. Obligaciones Anuales: La Visión Global de su Ejercicio Fiscal

Estas declaraciones son el resumen de la actividad anual de su empresa y son cruciales para determinar su Impuesto sobre Sociedades o Impuesto sobre la Renta.

A. Declaración Anual del Impuesto sobre Sociedades (IS)

Con las nuevas tasas del IS (Artículo 3 de nuestra serie) y la convergencia fiscal, esta declaración cobra una importancia estratégica.

  • Fecha Límite: Antes del 31 de marzo del año siguiente al cierre del ejercicio contable (ej: para el ejercicio 2025, la declaración es antes del 31 de marzo de 2026).

Puntos clave 2026:

  • Cálculo del IS: Tasa del 20% para la mayoría de las Pymes, 35% para grandes beneficios (superiores a 100M MAD) y 40% para bancos/seguros.
  • Cotización Mínima (CM): Revisión anual de la CM del 0.25% (o tasas específicas) y su comparación con el IS teórico. Se paga el monto mayor.

Sanciones: Multa del 20% del impuesto adeudado por presentación fuera de plazo, que puede aumentar al 100% en caso de notificación y no regularización. Intereses de demora del 0.5% por mes.

B. Pago de los Anticipos del IS (Acomptes Provisionnels)

El IS se paga en cuatro cuotas trimestrales basadas en el IS del año anterior (IS de referencia).

  • Primer Anticipo: Antes del 31 de marzo.
  • Segundo Anticipo: Antes del 30 de junio.
  • Tercer Anticipo: Antes del 30 de septiembre.
  • Cuarto Anticipo: Antes del 31 de diciembre.

Gestión 2026: La estrategia de «acomptes» es vital. Si prevé una fuerte caída de beneficios, puede solicitar la reducción o suspensión de los anticipos para no afectar su tesorería, pero esto requiere una justificación sólida ante la DGI.

Sanciones: Multas del 15% al 25% por anticipos no pagados o pagados fuera de plazo.

C. Declaración Anual del Impuesto sobre la Renta (IR) – para Personas Físicas

Aunque enfocado en empresas, es relevante para los emprendedores individuales y socios.

  • Fecha Límite: Antes del 30 de abril del año siguiente al ejercicio fiscal.

Consideraciones 2026:

  • Ingresos profesionales: Si usted es un profesional autónomo o ejerce en régimen RNR/RNS, esta es su declaración principal.
  • Ingresos por alquiler: Los propietarios (personas físicas) que reciban alquileres de empresas tendrán un crédito fiscal del 5% que se imputará en esta declaración.

Sanciones: Multa del 20% por declaración fuera de plazo y recargos por pago tardío.

3. Otras Obligaciones Anuales Cruciales

  • Declaración de Operaciones con Terceros (Déclaration des Honoraires et Rétributions versées): Lista anual de todas las retribuciones (honorarios, comisiones, alquileres) pagadas a terceros. Plazo: Antes del 28 de febrero.
  • Liasses Fiscales (Estados Financieros): La remisión de los estados financieros auditados (Balance, Cuenta de Resultados, etc.) es fundamental. La **Contabilidad Electrónica Obligatoria** (Artículo 2 de nuestra serie) garantizará la concordancia de estos documentos con los registros digitales.

4. Consecuencias del Incumplimiento y Cómo Evitarlas

La DGI está equipada con sistemas de control más sofisticados, especialmente con la factura y contabilidad electrónica. Las sanciones por incumplimiento incluyen:

  • Recargos y Multas: Aumentan exponencialmente con el tiempo.
  • Rechazo de la Contabilidad: Puede llevar a la «taxation d’office», donde la DGI estima sus beneficios de forma arbitraria.
  • Auditorías Frecuentes: Un historial de incumplimientos lo convierte en un objetivo prioritario para las inspecciones fiscales.

Recomendación: Implemente un sistema de gestión de fechas fiscales, preferiblemente con alarmas automáticas. Trabaje de cerca con su asesor contable para planificar con antelación.

Conclusión: La Planificación como Pilar de la Sostenibilidad Fiscal

El Calendario Fiscal 2026 en Marruecos exige una planificación rigurosa y una comprensión profunda de las nuevas regulaciones. La digitalización es una realidad que exige una adaptación proactiva de sus procesos contables y fiscales. Al respetar estas fechas clave y aprovechar las herramientas tecnológicas, su empresa no solo evitará sanciones, sino que también mejorará su eficiencia y su transparencia fiscal.

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Nuestro equipo de expertos fiscales puede ayudarle a crear una hoja de ruta de cumplimiento, integrando las nuevas obligaciones de la LF 2026 en su gestión diaria.

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Sr. YASSINE OUATTOU

Experto jurídico de empresas extranjeras instaladas en Marruecos.

CEO de FORBES & SOCIOS LEGAL Y FISCAL SERVICIOS BUFETE.

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